¿Dónde estaría la línea que separa la apología del delito de la libre expresión de una opinión discrepante sobre la realidad de hechos aún en intrincada discusión en la sociedad?

 El lunes 4 del corriente mes, Villarroel organizó un acto en la Legislatura porteña.

 En su editorial publicado recientemente un periodista se lamenta de que aún no se haya sancionado una ley penalizando el “negacionismo” de las atrocidades cometidas durante el terrorismo de estado practicado por la dictadura militar a pesar de los múltiples proyectos presentados en el Congreso, casi todos, claro está por legisladores kirchneristas.

 Considera el autor con marcada vehemencia que es imperioso el dictado de una ley mordaza que disuada tanto a irresponsables desacatados que osen dar públicamente su visión discrepante de lo ocurrido durante tan oscuro período como a displicentes candidatos a conducir los destinos del país como Victoria Villarruel, penalizando con la cárcel tales conductas.

 Esta iniciativa reconoce un penoso antecedente en la desafortunada ley 14.910 que pretendió imponer “iure et de iure” en la provincia de Buenos Aires la mendaz aseveración de que fueron 30.000 los desaparecidos durante el llamado Proceso de Reorganización Nacional cuando que nunca se pudo probar más cantidad que la consignada en el libro del “Nunca Más” como fue puntualizado por la relatoría especial para la Libertad de Expresión de la CIDH en una solicitud de información dirigida al Estado argentino.

 HECHOS

 En primer lugar, cabe señalar que ninguna persona con uso de razón puede negar la ocurrencia de los hechos aberrantes perpetrados por la dictadura cívico militar de los ‘70 cuyos desvaríos y asesinatos permanecerán indelebles en la historia argentina por los siglos de los siglos. Pero esos son los hechos, no las interpretaciones de los hechos que son parte de un derecho inalienable de los seres humanos como es el de expresar libremente sus opiniones cuya obturación legal importaría clausurar toda investigación histórica que nutra un debate que aún nos debemos los argentinos sobre lo ocurrido en esos años desgraciados.

 Pretender equiparar el negacionismo a la apología del delito como sugiere sutilmente el escritor mencionando lo dispuesto en otros países no parece muy acertado ya que en definitiva tal normativa significaría en los hechos elevar a la categoría de sacramento el discurso único impuesta por organismos de derechos humanos -algunos de cuyos integrantes terminaron sospechados de vulgares depredadores del erario- instaurando una virtual espada de Damocles que penda amenazante sobre quien se atreva a internarse en esa discusión.

 

LA FINALIDAD

 

Toda ley tiene una finalidad, y a la luz de estas circunstancias es de toda evidencia que tal norma no solo excedería largamente sus fines por más loables que ellos sean, sino que consagraría el negacionismo implícito en el ominoso manto de silencio extendido sobre la sociedad por agresivos voceros de la verdad oficial que solapa el dolor y el sufrimiento de los familiares de víctimas de la tortura y el asesinato de sus seres queridos por parte de la “juventud maravillosa” que se levantó contra el sistema democrático y cuyo norte era imponer a sangre y fuego una dictadura revolucionaria al estilo de lo que estaba de moda durante la guerra fría.

 

“Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo”. (Voltaire)

 

Resulta cuando menos curioso que sea justamente un periodista quien propugne coartar el derecho a la libertad de expresión tutelado por la Constitución Nacional so color de evitar la “banalización” de los delitos de la dictadura haciéndose eco de la oleada de prohibicionismo alentada por la apropiación de los derechos humanos que el mismo reconoce como perpetrada por el kirchnerismo.

 

Porque ¿dónde estaría, en esa confusa conceptualización de “negacionismo”, la línea que separa la apología del delito de la libre expresión de una opinión discrepante sobre la realidad de hechos aún en intrincada discusión en la sociedad?

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en una sabia declaración aseveró que la libertad de expresión se inserta en el orden público primario y radical de la democracia, sistema que no es concebible sin el debate libre, y que quien pretende afectar gravemente un derecho fundamental tiene la carga argumentativa de probar la existencia de una razón que lo justifique, algo que los proyectos en trámite no logran a pesar de intentos tan sesgados como endebles.

 

CONCLUSION

 

Por último, lejos está de la intención de esta nota descalificar la opinión del autor de la propuesta porque como reza aquella famosa frase de la escritora británica Evelyn Beatrice Hall, generalmente atribuida a Voltaire: “Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo”.

 

POR JUAN RUIZ *

 

*Abogado. Periodista. Asesor parlamentario. Autor del libro ‘Derecho de los Partidos Políticos argentinos’ (1986 Distrib. Ed. De Palma).

 

Publicado en La Prensa. www.laprensacom.ar