República Argentina: 5:24:23pm

Conectando con “el caso MASCARDI” (4/10/2022) en la Comarca Andina, el Comando Conjunto de FFSS y Policiales mostró su debilidad al accionar en un ambiente impropio y no haber logrado el objetivo de detener a los subversivos terroristas, mapuches e instigadores. Muy a pesar de ello, “En el Gobierno se respiró ayer alivio luego de que el desalojo se concretara sin incidentes. Sobrevolaba el recuerdo del operativo de Prefectura en la zona que en noviembre de 2017 culminó con la muerte del joven Rafael Nahuel. Para el oficialismo era –y sigue siendo– clave no repetir la historia de Cambiemos. Eso no sucedió y el gobierno tuvo un rol activo y en sintonía con la provincia, todo eso es muy importante”, (“Estamos listos”, Cecilia Devanna, La Nación 6/10/2022).

Atendiendo a las consideraciones precedentes, traigo a colación el extracto del escrito  difundido en junio de 2012, que resulta representativo de la cultura política que distingue al Gobierno en ejercicio. Con título “Axiomas fundacionales del Modelo”,  trata acerca de que el empeño puesto en la gestión del Poder Ejecutivo tiene origen en las convicciones del matrimonio que ocupó la cúspide del poder desde el 2003. El foco de las mismas está puesto en el “modelo de inclusión productivo, nacional y popular”, tan cercano al “Socialismo Siglo XXI” como alejado de los apoyos en las inversiones privadas. Como  causas de la motivación en que se basa la propaganda o “el relato” sobre este modelo, señalé el “Vamos por todo” (pretendida omnipotencia), “Juicio y castigo a los genocidas” (con fundamentos en  apariencia lógicos) y “Ni un muerto más” que es el que utilizo como fundamento de la oposición del Gobierno a la “represión”.

Esta premisa original fue expresada por el expresidente en la primera reunión de ministros, en 2003 y confirmada por el Senador Aníbal Fernández, en febrero 2012 (TV, “Le doy mi palabra”). Equivale a “la protesta social no se reprime”. Es el fundamento de la intención presidencial, cuyo foco está dirigido a “los pobres”, ya que la seguridad física y jurídica de los movilizados estaría en riesgo, si se fuera contra aquélla. La cuestión pasa por hacer aparecer al gobierno como condescendiente con quienes se movilizan ante la insatisfacción de las necesidades, producto de la exclusión social,… De hecho, esa medida alcanza hasta a los delincuentes, por considerar que se encuentran en estado marginal. Luego, como el Modelo es de inclusión social, aunque en la realidad deja mucho que desear al respecto, se debe mitigar la aplicación de la ley que sea vulnerada para evitar la represión y, más aún, para reducir las sentencias judiciales en contra de quienes se encuentran en el extremo marginal de la escala social.

Conclusiones

Entiendo que el extracto aclara bien la razón por la cual el Gobierno no hace lugar a la represión como forma de oponerse en el terreno a las acciones ilícitas y delictuosas llevadas a cabo por algunos individuos en situación de “manifestación en masa”, especialmente.

Cabe esto último en el caso particular que nos ocupa. Además, tengo para mí que el Gobierno no hace adecuado uso de la valoración para establecer que la falta de represión justificada ante los atentados que se cuentan por muchos, resulta en violencia  contra la paz social y la normal convivencia entre los ciudadanos que residen en la Comarca Andina, y de aquellos que la transitan por razones particulares o turísticas, al tiempo que ha favorecido la producción de cuantiosos daños materiales ocasionados a instalaciones públicas y privadas. 

Tampoco se tendrían en cuenta las posibles consecuencias perjudiciales que podrían ocurrir como resultado de incursiones a través de la frontera con CHILE, de momento que se conocen los vínculos entre la CAM /Chile) y la participación de la RAM (Argentina) en apoyo a los mapuches locales sediciosos. No debería tener que recordar que esto nos introduce en el campo de la Defensa Nacional, cuyo sostén de última instancia resulta ser el Instrumento Militar, en función de la evolución de la estrategia nacional.

C.A.B.A, Octubre 2022

                                                                                                             CR (R) OEM Lic Rodolfo Mazzino

 

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