Las resoluciones respectivas indican en los considerandos que, luego de conocidos los fallos del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en las causas por las que eran juzgados y por las que se les impusieran las penas de “Prisión Perpetua e Inhabilitación Absoluta y Perpetua…”, tomó intervención la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, la que opinó que resultaba procedente "dictar la baja de ambos individuos como consecuencia de las penas e inhabilitaciones que se les aplicara a los condenados. Ambas resoluciones se adoptan en virtud de las leyes y las normativas militares vigentes," dijo el comunicado oficial.

De esta manera, técnicamente, las esposas de ambos ex militares pasan a ser consideradas "viudas" para percibir los remanentes de sus pensiones deducidos los embargos que pesan en su contra. La pensión, como todo haber previsional,no puede ser totalmente embargada o quitada toda vez que está conformada por los aportes de ley que el involucrado realiza a lo largo de toda su vida en actividad y, en los casos específicos de personal militar, aún luego en su condición de retirado.