Publicado por www.lanacion.com.ar

La transformación de la fuerza policial anunciada por la ministra Patricia Bullrich ha despertado no pocas controversias

El gobierno nacional presentó en los últimos días una reforma de las misiones asignadas a la Policía Federal Argentina (PFA), propuesta ambiciosa, al menos en los papeles, y no exenta de polémica.

Es destacable la intención de dar valor a la tarea de la PFA en las investigaciones de delitos complejos, con un espíritu que emerge de los fundamentos del decreto firmado por el presidente Javier Milei, donde se hace referencia al sistema norteamericano sustentado en el FBI de los Estados Unidos. Incluso en el acrónimo local sobrevuela esa idea: DFI, por el Departamento Federal de Investigaciones, que en la nueva estructura policial será la base del cambio de metas. O de refuerzo, en realidad.

La decisión de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, avalada por el Presidente, modificó la ley orgánica de la PFA dictada por un decreto-ley de 1958. Puede entenderse la necesidad de adecuar definiciones normativas a una realidad que hace 67 años ni siquiera soñaban escritores de ciencia ficción. Aparece así ahora la mención a “la prevención del delito en el espacio público digital” entre las nuevas funciones asignadas a la PFA. Se mencionó entonces la posibilidad de observar sin intervención judicial la actividad en redes sociales abiertas y sitios web públicos. Una acción que se conoce como ciberpatrullaje y que provocó la primera oleada de críticas a la medida. El decreto aclara, de todas formas, que se cumplirá la normativa dictada por la Ley de Inteligencia 2520, que forma el trípode legal de la seguridad pública junto con las leyes de Seguridad Interior y de Defensa Nacional y que fue promulgada en diciembre de 2001. Esa ley establece que ningún organismo de inteligencia podrá “obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”. La consignación de esa ley en la nueva estructura de la PFA fortalecería la posición oficial ante la oleada inicial de quejas políticas.

El Poder Ejecutivo aspira a que la Policía Federal se convierta en un Departamento Federal de Investigaciones

El Poder Ejecutivo aspira a que la Policía Federal se convierta en un Departamento Federal de Investigaciones

Cuando se piensa en tareas de inteligencia, la política local tiene en la mente solo a la SIDE, cuyas funciones y financiamiento quedan siempre en las sombras. Pero en cuestiones de delitos ese organismo siempre politizado nada tiene que ver, ya que las fuerzas de seguridad federales tienen sus propios departamentos de inteligencia criminal. En ese aspecto, la reforma no parece apuntar a convertir a la PFA en un organismo de inteligencia, ya que de hecho la recolección y análisis de información pública y reservada ya forma parte de una tarea de investigación criminal. Por supuesto, una tarea de esas características siempre puede caer en desviaciones. Pero la posibilidad de una reprochable acción ilegal no puede bloquear de por sí las tareas policiales en el espacio digital.

Entre los puntos que vale destacar de esa reforma de la PFA hay un cambio que pasó inadvertido y que puede ser, en realidad, la llave para la más profunda modificación policial: la incorporación de graduados universitarios para aspirar a ser oficiales de investigaciones. Muchos oficiales jefes tienen hoy una carrera de grado, pero su formación se inició siempre en la Escuela de Cadetes de la PFA. Eso cambiará a partir de esta nueva estructura, con ingresos de universitarios, no solo para tareas profesionales propias de sus conocimientos, como hasta hoy, sino para sumarse como detectives tras un período de capacitación policial. El espejo en ese caso es nuevamente el FBI.

En cambio, otro pico de críticas levantó uno de los puntos que figura en la nueva estructura de la PFA. La controversia, en ese caso, quedó alrededor de la posibilidad de demorar, sin necesidad de autorización judicial, hasta 10 horas a personas con el objetivo de identificarlas. La norma dictada en 1958 se refería directamente a la posibilidad de la PFA de detener durante 24 horas solo por “olfato policial”. En 1991 se modificó ese punto y se estableció el permiso de “demorar” –que es diferente a detener– por un tiempo máximo de 10 horas. No hubo en ese aspecto entonces variante alguna con relación a lo resuelto en el Congreso en los años 90.

Al mencionar a la actividad parlamentaria podrá consignarse un lado débil de esta reforma. Constitucionalistas de renombre advirtieron sobre el requisito de que una medida de estas características pase por el debate de diputados y senadores. No alcanzaría así el apoyo en la delegación de funciones al Poder Ejecutivo establecidas por la Ley Bases. Se reitera que para los constitucionalistas, esa controversia no ha quedado salvada en los argumentos de un decreto que, si bien impulsa un necesario cambio en la PFA, no quedó fuera de la polémica.