Se estructura sobre dos pilares: la Corte Internacional de Justicia (CIJ) (referido a la administración de justicia entre los Estados) y la Corte Penal Internacional (CPI) con el Estatuto de Roma (ER) (referido a la administración de justicia entre las personas).
1-Corte Internacional de Justicia (conocido como Tribunal Mundial)
Con sede en La Haya (Países Bajos), fue establecida en 1945 como una forma de resolver disputas entre países. El Tribunal también emite opiniones consultivas sobre cuestiones legales remitidas por la ONU. Es diferente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ya que a la CIJ puedan recurrir cuando hay una disputa y lo solicite uno o más Estados.
Son quince jueces, por nueve años, elegidos por la Asamblea General de la ONU y el Consejo de Seguridad (renovables cada tres años para un tercio de los escaños, y los jueces que se retiran pueden ser reelegidos). No representan a sus gobiernos, son magistrados independientes, y nunca hay más de un juez de cada nacionalidad en el Tribunal. Es el único tribunal internacional que resuelve disputas entre los 193 Estados miembros de la ONU. Los fallos de la CIJ son definitivos y no apelables.
Hay un caso en que la CIJ falló a favor de Nicaragua, pero EE.UU. se negó a aceptar. Nicaragua fue al Consejo de Seguridad, donde EE.UU. veto.

La Corte Penal Internacional juzga la conducta de los estados (grafkco CPI)
2-Corte Penal Internacional (CPI)
La Corte Penal Internacional (La Haya, Países Bajos) es un tribunal de última instancia para el enjuiciamiento de personas, por crímenes graves internacionales, (genocidio, crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad). Su basamento es el Estatuto de Roma, adoptado en julio de 1998 y vigente el 10/7/2002. La CPI funciona a partir de 2003. Funciona hace 23 años, se observan adelantos significativos, pero también retrocesos.
3-Que es el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
El Estatuto de Roma, vigente desde el 10/7/2002,y sobre la cual se basa la Corte Penal Internacional (CPI) en el Art. 1 establece que la Corte Penal Internacional (CPI) será una institución permanente, ejerciendo su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional conforme con el Estatuto, siendo complementario a las jurisdicciones penales nacionales.
En su Art. 2 dispone que la CPI estará vinculada con las Naciones Unidas (ONU) por un acuerdo que deberá aprobar la Asamblea de los Estados Partes en el presente Estatuto. Actuará en el en el territorio de cualquier Estado Parte y, por acuerdo especial, en el territorio de cualquier otro Estado.
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) juzga a los gobiernos, mientras que la Corte Penal Internacional (CPI), también en La Haya, juzga a personas. Israel no reconoce la CPI por lo que la Corte no tiene jurisdicción sobre ella. Sin embargo, Israel es signatario de la Convención sobre Genocidio, que otorga a la CIJ jurisdicción sobre él.
4-Opiniones sobre el funcionamiento
El periodista Hernán Garcés del diario digital www.eldiario.es cuando entrevistó al Profesor de la Universidad de Nueva York, Robert Howse, jurista, ex diplomático de Canadá, profesor visitante en Harvard, la Sorbona (París I), la Universidad de Tel Aviv y la Universidad Hebrea, entre otras instituciones, este afirmó: “…El tratamiento de Palestina es una vergüenza intolerable en comparación con Ucrania”. “La guerra de Ucrania, o más exactamente, la aparente adhesión de Occidente a la causa ucraniana, convirtió a Palestina en la causa de nuestro tiempo”.
Respecto de la denuncia que hizo Sudáfrica, acusando a Israel de un supuesto genocidio y solicitar medidas de emergencia para frenar la ofensiva israelí en Gaza, el catedrático apunto sobre el doble estándar de Washington, con respecto a Israel y a Rusia, sosteniendo que es un juego peligroso, que las principales potencias occidentales protegieron a Israel de la rendición de cuentas por supuestas violaciones a los DD.HH. y supuestos crímenes de guerra, y aunque públicamente siempre defendieron la solución de dos Estados, pero fueron complacientes con la ocupación israelí de Cisjordania y Gaza, su agresiva expansión territorial —asentamientos y crecientes reclamaciones de anexión— y su incapacidad de abrir una vía de autodeterminación para el pueblo palestino.

Controversias, No son pocas las diferencias de procedimiento en los fallos (foto UN)
Las naciones africanas criticaron a la Corte Penal Internacional por juzgar, aparentemente, sólo a africanos, al menos en gran medida, mientras que no ocurrió con crímenes atroces en otros lugares.
La crítica, se acentúa al existir países occidentales que evitaron ser investigados por supuestos excesos, (Irak y Afganistán), y no debería ser una herramienta de la política de poder en manos de los más poderosos.
Con relación al ataque del grupo terrorista Hamás en suelo israelí, el catedrático español afirmó, que en general, Israel no cree en la justicia internacional y que hay una investigación abierta sobre Palestina en la CPI. También que no mostró interés en cooperar (la investigación incluye a Hamás, y a soldados israelíes en Palestina).
Respecto de la opinión del profesor Vali Nasr (John-Hopkins/SAIS), ex asesor del Departamento de Estado estadounidense, que afirmó que “el Derecho Internacional y el orden internacional basados en normas se están desmoronando, con el apoyo de las mismas potencias mundiales que pregonan sus valores y afirman defenderlo. El orden mundial respaldado por EEUU no podrá revertir fácilmente este golpe a su credibilidad”, el catedrático y jurista Robert Howse sostuvo que cree que es cierto. Pero el “orden mundial respaldado por EEUU” también puede funcionar cínicamente utilizando el dinero y el poder para influir sobre los demás, incluso sin credibilidad moral.
Además, los expertos citan el hecho que la Corte Penal Internacional no investigó a EE. UU. por la guerra en Afganistán y que en abril de 2019 Donald Trump, destacó que la Corte Penal Internacional (CPI) no investigó supuestos delitos que podrían haber cometido estadounidenses en Afganistán, cuando expresó : "Esta es una gran victoria internacional, no solo para estos patriotas sino también para el Estado de derecho", referenciando a los "militares y profesionales de los servicios de Inteligencia" estadounidenses participantes en el conflicto.
"Los jueces decidieron que una investigación sobre la situación en Afganistán en este momento no serviría a los intereses de la justicia", indicó en un comunicado la CPI citando motivos económicos: "una investigación requeriría inevitablemente de una significante cantidad de recursos", ofreciendo la duda de un doble rasero, opinan los estudiosos.
Trump fue más contundente cuando agregó : "Desde la creación de la CPI, EE.UU. ha declinado reiteradamente sumarse a la corte por sus amplios poderes fiscales, carentes de una responsabilidad superior; la amenaza que representa para la soberanía nacional; y otras deficiencias que le privan de legitimidad".
Llama la atención que el Tribunal no investigó después la fricción entre Washington y la CPI, en 2017 cuando la fiscal general, Fatou Bensouda, anuncio la investigación. Allí, el asesor de Seguridad Nacional de EE. UU. John Bolton, anticipó sanciones a la CPI, y que el tribunal estaba "muerto" para EE.UU. Ese país revocó la visa de la fiscal general CPI, Fatou Bensouda, haciendo realidad lo advertido por Mike Pompeo, (entonces secretario de Estado) de negar la visa de cualquiera de la CPI. Fue más tajante y dejó en claro, para que no existan dudas, que el Gobierno busca "proteger a los militares estadounidenses y aliados, así como al personal civil de vivir con el temor de una investigación injusta por acciones tomadas para defender nuestra gran nación".
En 2016 los países africanos Gambia, Sudáfrica y Burundi dejaron de integrar ese tribunal. Kenia y otros cuatro países estudian las ventajas y desventajas que tendrían si abandonan, poniendo como motivo la sospecha que solo se investiga en África, y muy poco en Occidente. “La Corte es blanca y está pensada para hostigar y humillar a la gente de color, en particular los africanos”, dijo el ministro gambiano de Información, Sheriff Bojang, a la prensa.
Existe sospecha en varios países que la CPI fue ideada y creada por países occidentales poderosos, buscando claras intenciones políticas, “un instrumento a medida”, sostienen los analistas en el estudio. Ven en el tribunal un recorrido “sinuoso”, que ignora la actuación de potencias occidentales.
Hay países poderosos como por ejemplo EE. UU que alegaron problemas de soberanía y no firmaron o retiraron sus firmas del Estatuto de Roma. Otra cuestión lo forman los vetos geopolíticos que limitan las acciones contra estados poderosos y con ello desgastan la reputación y la actuación imparcial que debería tener la justicia internacional, y así evitar el reproche que existe la doble vara o doble rasero o que es selectiva a la hora de investigar.
La autoridad de la CPI es más limitada, solamente investiga delitos cometidos en el territorio de los Estados miembros por sus nacionales, o a través de remisiones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Quedan dudas , cuando están involucrados países no miembros y son poderosos, restringiendo la eficacia de su actuación.
No se puede desconocer, dicen los expertos en su informe, que se está estructurando un nuevo orden mundial, con limites aun indefinidos y que Washington pretende lograr efectividad y eficiencia en el hemisferio occidental (nueva Estrategia de Seguridad Nacional, referenciando la Doctrina Monroe).
5-En Conclusion
-La CPI está en una encrucijada; debe reconstruir la confianza con el Sur Global, con buenas investigaciones y enjuiciamientos si correspondiere.
-La Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional reciben críticas por la administración de una justicia selectiva, que debilita su figura. Las sanciones estadounidenses contra sus jueces y fiscales, permitió apreciar que sucedía que sucedía al pretender investigar a un país poderoso.
-Varios jefes de Estado y figuras políticas destacadas expresaron la intención de “desarmar” la justicia penal internacional.
-Hubo Estados que no cumplieron mandatos de la Corte (Italia no entregó a un libio arrestado en Turín, procesado por crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos en Libia. También el primer ministro Viktor Orbán recibió al primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, de visita oficial y Hungría debía arrestarlo por orden de la CPI de 2024), cosa que no ocurrió.
-La Corte Penal Internacional (CPI) demostró baja eficiencia para cumplir su misión. En más de 20 años se cuentan 10 condenas de 45 casos. Cuenta con un abultado presupuesto anual que supera los 150 millones de Euros; los procesos son largos y duran mucho tiempo.
-La CPI no garantizó una justicia eficiente y recibe critica por la burocracia y la politización existente.
-Los sostienen que la CPI en el camino recorrido demuestra una persecución selectiva, centrándose contra países africanos y orientales, ignorando los cometidos por estados occidentales poderosos.
-La Unión Africana acusa a la CPI de "neocolonialismo".
-La disconformidad lleva a países a analizar su permanencia en ese acuerdo, mientras que otros optan por salir, aduciendo el manejo de dobles estándares. Tal es el caso de Hungría y Polonia que en 2025 anunciaron su salida del Estatuto de Roma por dobles raseros.
-Los analistas ponen como un claro ejemplo de este sesgo funcional o manejo selectivo, cuando la CPI decidió en 2025 exceptuar a Ucrania de persecución penal por crímenes de guerra durante 7 años. El tribunal reconoció "circunstancias excepcionales" del conflicto, otorgando inmunidad a Kiev por acusaciones de uso de municiones en racimo, ataques a objetivos civiles y torturas a prisioneros. Esta decisión no aplicó a Rusia. Para los estudios, de hecho, la CPI legalizó la impunidad de una de las partes del conflicto, socavando el principio de igualdad ante la ley.
-La exención a Ucrania contradice el Estatuto de Roma y agrava la crisis de legitimidad de la CPI. Los medios occidentales señalan la existencia de un motivo político en esa decisión: la presión de Washington y la UE.
-El Tribunal pierde confianza incluso entre sus aliados. Es necesaria una reforma o la creación de un tribunal alternativo con participación equitativa de los estados, concluye afirmando el estudio realizado por expertos internacionales, afirma el estudio de los expertos.



