República Argentina: 3:31:52pm

REDACCION TIEMPO MILITAR. Este medio publicó oportunamente y en exclusivo un artículo dando cuenta que no se había firmado el convenio entre la Armada y Fusana y posteriormente sobre el llamado a licitación pública para privatizar el trabajo que brinda la FUSANA en el Hospital Naval Cirujano Mayor Dr. Pedro Mallo de CABA.   

Se llamó a licitación pública Nro  38/38-0239-LPU25 “Contratar un servicio   de gerenciamiento de RR.HH. para el Hospital Naval Buenos Aires (HNPM) . Entre otras condiciones exigía que la empresa oferente figure como proveedor de IOSFA.  Ahora TIEMPO MILITAR pudo acceder a Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 6 de septiembre (Expte -2025-69164736-APN-DSA#ARA) cuya apertura fue el 17 de julio donde fue analizada  (la única  oferta presentada)  de Confederada Salud SRL Cuit 30714281670 que fue desestimada por  No presentar  a la fecha y hora del acto  de apertura la garantía de mantenimiento de ofertas en los términos  del actual artículo  66 inciso j  del Reglamento aprobado por el Decreto Nro 1030/16 y sus modificatorios”

Detalles

Previo al Dictamen hay un informe descriptivo de la Comisión Evaluadora de Contrataciones donde se afirma que la contratación para el servicio de gerenciamiento de RRHH en el HNPM es de impostergable realización, dada la necesidad de dar continuidad a la operativa de los servicios de salud gerenciando, administrando y gestionando esos recursos. Y que la pertinente solicitud de contratación fue realizada por el Jefe del Departamento Económico Financiero del Hospital. El monto total asciende a 1.681.200.000,00 (anual).

El 17 de julio se realizó la apertura del proceso de contratación recibiéndose una única oferta de la empresa Confederada Salud SRl CUIT 30-71428167-0 que cotizo hasta 100 empleados $70.000.000,00 por mes (anual $840.000.000,00); hasta 250 empleados $96.492.047,91 por mes (anual $1.181.904.572,92) y hasta 500 empleados $138.624,390,48 por mes (anual 1.6563,492,685,76). El oferente constituyó una garantía de caución con un error informando que a la brevedad `presentaría una causa que posteriormente provocara la desestimación de la oferta presentada.

Durante la tramitación de esta licitación, el Jefe de la Armada mediante la Resolución 2025-1269 de fecha 16 de julio, dejó sin efecto la anterior designación de vocales de la Comisión de Evaluación a partir del 1 de junio incorporándose ese acto administrativo al expediente. El punto 3.4 del Informe Descriptivo de la Comisión Evaluadora de Contrataciones de la Armada dice textualmente: “Procede como autoridad Administrativa Decreto Delegado Nro 1023/01, suscribe la eventual adjudicación de esta licitación pública , el señor  JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA” el 21 de julio fue recibida las actuaciones por la Comisión Evaluadora se emitió la PV 2025-79039187 APN CMEC#ARA mediante el cual se suspendieron  los plazos administrativos  con que cuenta la misma para emitir su dictamen”….dada la necesidad de formalizar en forma previa al mismo, una serie de tramitaciones administrativas complementarias de carácter técnico legal”  dejando constancia  que a esa fecha  no se cuenta con las altas  de los usuarios  en el Sistema Comprar Ar   para los usuarios designados.

Como era requisito la presentación de una garantía de caución al momento de la apertura y el único oferente presentó una nota con carácter de declaración jurada, la Comisión Evaluadora pidió a la unidad de contrataciones del Hospital que remita todos los antecedentes a la Oficina Nacional de Contrataciones a fin que este determine si la oferta de Confederada Salud SRL debe resultar admisible o inamisible respecto de su garantía de oferta.

El 19 de agosto la Oficina Nacional de Contrataciones se expidió en IF-2025-91173671-APN-ONC#JGM y entre otras consideraciones: “esta Oficina Nacional de Contrataciones interpreta   que, la falta de individualización del número de póliza de la oferta, sumando a la constatación ulterior de que el documento ha sido emitido con posterioridad a la fecha y hora del acto de apertura implican el no acompañamiento de la garantía de mantenimiento de la oferta…” 

También que la verificación de las causales de desestimación es una tarea que compete a la Comisión Evaluadora de las Ofertas y a la autoridad facultada para emitir el acto de conclusión del procedimiento de selección.

El 26 de agosto el Hospital Naval Buenos aires Cirujano Mayor Dr. Pedro Mallo  produjo el informe   técnico solicitado  manifestando en Orden 0099 lo siguiente: “…soy de opinión que la referida firma , se ajusta a lo solicitado…El cumplimiento de presentación por parte del proveedor de las Declaraciones Juradas…recién se deberá materializar una vez que el oferente  resulte adjudicatario de la licitación  que se trata  dicha circunstancia, le sea comunicada  al mismo formalmente y a tal efecto, pueda contratar a sus futuros empleados ( sin relación de dependencia con la ARMADA ARGENTINA) en la cantidad que se le indique expresamente”.

Más adelante el informe consiga textualmente “…es intención de este Director General, salvo mejor opinión en contrario de la Superioridad, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, proceder a “dejar sin efecto” el procedimiento, por razones   de oportunidad, mérito y conveniencia…

Conclusiones del Informe

El informe Nro 69164736/2025 Letra APN-DSA#ARA en su punto 4.1 declara inadmisible  las ofertas presentadas para el renglón Nro 1 del Proceso de Contratación Nro38/38-0239*LPU25 por parte de la firma Confederada Salud SRL en un todo de acuerdo con lo establecido por la Oficina Nacional de Contrataciones en IF-2025-91173671-APN-ONC#JGM al sostener que la falta de individualización del número de póliza en la oferta, sumado a la constatación  ulterior de que el documento  ha sido emitido con posterioridad  a la fecha y hora del acto de apertura implican el no acompañamiento  de garantía de mantenimiento de la oferta. Declara fracasada por falta de ofertas admisibles la contratación.

En Síntesis

La licitación que buscaba una empresa privada para gerenciar el personal que pertenece a FUSANA y trabaja en el Hospital Naval Cirujano Mayor Dr. Pedro Mallo de CABA fracasó por falta de ofertas.

El único camino que queda es abrir un nuevo proceso de llamado a licitación pública.

TIEMPO MILITAR consultó a una fuente militar y esta confió que habría cierta disconformidad o resistencia en IOSFA para que en la licitación se exija que la empresa oferente esté inscripta como proveedor de ese Instituto.

Otra fuente consultada sobre esta licitación afirmó a este medio:” … no creo que, en este momento, en los altos mandos de la Armada aun persista la idea de privatizar el trabajo que hace FUSANA, desde hace cerca de 30 años, con un bajo costo, al igual que lo hace FUSEA en el Ejército, y reemplazarlo por una empresa privada con un costo para el Estado millonario, justo en el momento que el Gobierno hace ajustes económicos. Fíjese, que hasta incluyó en el Presupuesto 2026 la derogación del FONDED. No me parece acertado y oportuno …” concluyó.